Según el documento gubernamental, el decreto establece la constitución de un fideicomiso público, de administración, inversión, operación y fuente de pago, denominado Fideicomiso Público Central Termoeléctrica Punta Catalina (Fideicomiso CTPC).
La disposición del Poder Ejecutivo persigue “crear una estructura de gestión independiente para la administración transparente y eficiente, con el propósito de asegurar la adecuada operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina”.
Además, una ejecución de las actuaciones y obras necesarias para su conservación y mantenimiento.
Dentro de sus principales fines se encuentran: preservar y optimizar la operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, de manera que se asegure la separación de su patrimonio, la continuidad de sus operaciones, incluyendo, pero no limitado a aquellas relativas a la generación de energía eléctrica y despacho de la misma al Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI).
También tiene el objetivo de asegurar el manejo adecuado y transparente de la Central y los activos que la conforman; así como administrar los activos de su patrimonio, según las instrucciones dadas por el fideicomitente a la fiduciaria, a través del Comité Técnico del Fideicomiso.
Otros propósitos del decreto son participar en la prestación del servicio público de electricidad y asegurar la utilización eficiente y transparente, conforme a la ley, de los ingresos y flujos provenientes de la venta de energía generada por la CTPC.
El fideicomiso tendrá una duración de 30 años, contados a partir dela fecha de suscripción del contrato constitutivo y transcurrido ese plazo y luego de cumplidas las condiciones establecidas en el contrato se extinguirá y se reintegrará el patrimonio fideicomitido al Estado dominicano, salvo prórroga expresa por decisión del fideicomitente, precisa el decreto.