SANTO DOMINGO.- El exprocurador de la República, Jean Alain Rodríguez, quien es señalado entre los imputados de la Operación Medusa enfrenta cargos criminales por coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores y estafa contra el Estado. También por sobornos, crímenes y delitos de alta tecnología y lavado de activos, emitió un comunicado manifestando que se le dificulta costear los gastos de su defensa.
«No me he enriquecido ilícitamente, ni he recibido un solo peso o beneficio personal del Estado. Hoy me veo en dificultad para costear los gastos de mi defensa y he podido sobrevivir por la fe y esperanza de mis abogados», expresó Jean Alain en su carta pública.
Asimismo, se refirió el exprocurador que en la Constitución de la República, establece en su artículo 39 que la ley debe ser igual para todos.
«La Carta Magna establece en su artículo 39 que la ley debe ser igual para todos, sin un villano predilecto por venganza o un perdón e impunidad por favoritismo. Para cumplir la ley no debemos violar la ley y mucho menos quienes deben procurar justicia».
Lea aquí la carta íntegra de Jean Alain Rodríguez
Como resultado de la exhaustiva investigación concluida por la PEPCA por presuntos actos irregulares cometidos en la Procuraduría General de la República durante el período 2016-2020, se presentó formal acusación en mi contra junto a otras 40 personas y 22 compañías. Este documento, que conforme a nuestro ordenamiento jurídico debió primero ser notificado a los acusados para prepararnos y defendernos, fue filtrado a los medios y a la opinión pública violando el debido proceso, recibiendo una amplia e intensa cobertura mediática por los gravísimos – aunque no del todo ciertos – hechos allí descritos.
Al leer la acusación filtrada, reconozco la vergüenza que sentí ante la narrativa de tantas barbaridades que les aseguro no he cometido y que aún falsas o distorsionadas respecto a mi participación o conocimiento, admito narran una pérdida del control operativo de la institución y un presunto mal manejo de la cosa pública que de comprobarse debe tener consecuencias y de hecho, ya las ha tenido para las 7 personas que nos encontramos privados de libertad por más de un año, a pesar de la presunción de inocencia y libertad que ordena nuestra Constitución.
En el expediente salta a la luz también de forma penosa el más que conocido contubernio del sector público y privado, develado con confesiones (que no constituyen pruebas) y verdades retorcidas para salvar a unos y culpar a otros, con acusaciones selectivas, como si la ley no fuera igual para todos, conforme lo establece también nuestra Carta Magna.
Dentro de las 28 funciones específicas que tenía como Procurador conforme el artículo 30 de la Ley No. 133-11, ninguna de ellas incluye la responsabilidad que se me atribuye. La administración de la Procuraduría General de la República se encuentra sujeta a estrictos controles internos y externos que nunca detectaron ni advirtieron estas irregularidades. Sin embargo, en armonía con este texto legal, la misma PEPCA en la página 707 de su amplia acusación describe al Director de Gabinete como el funcionario responsable de: “la supervisión general, programar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades administrativas de la institución”, señalando que en éste caso específico de corrupción, el acusado Rafael Stefano Canó Sacco, ex Director de Gabinete, tenía “un interés particular” con el cual “llegó a permear todas las instancias administrativas y contenciosas de la Procuraduría General de la República y el Ministerio Público”.
La PEPCA también lo acusa a lo largo de este documento de acciones criminales con más de 100 testigos (que no me mencionan) indicando con nombre y apellido que el mismo: coordinó, solicitó y recibió directamente casi 590 millones de pesos de forma ilícita. Resulta oportuno recordar que esta persona, también definida por la PEPCA en su solicitud de extradición como un criminal de altísima peligrosidad, escapó del país una semana antes de los apresamientos, se mantuvo prófugo y escondido por meses con alerta roja criminal de la INTERPOL hasta ser capturado en España y que, sin ser nacional español, se resistió judicialmente a la solicitud de extradición, y a su vez, evadiendo responsabilidades y cárcel, concertó un desconocido e ilegal acuerdo de impunidad.
La rendición de cuentas a los ciudadanos es una responsabilidad de todo servidor público y se convierte en una obligación sin demora ante los gravísimos hechos contenidos en esta acusación. Como siempre, doy la cara, y además de presentar mi defensa en los tribunales por vía de mis abogados, ante el natural tsunami de noticias que ha generado el caso, se entiende y justifica que ya muchos me hayan condenado moralmente, sin un juicio. Por ello, apelo ante la opinión pública a conocer las dos caras de la moneda junto a la verdad indefectible con pruebas y no con falsas narrativas y así confirmen o revoquen su sentencia, permitiendo que un tribunal imparcial, sin presiones sociales ni mediáticas y en el marco del debido proceso, con un juicio oral, público y contradictorio, haga justicia.
Por ser el tema de enriquecimiento ilícito y robo al Estado probablemente el de mayor interés de la ciudadanía, continúo estos escritos presentándoles las siguientes consideraciones, incluyendo las principales páginas de la acusación que hacen referencia a las mismas:
La Cámara de Cuentas de la República Dominicana realizó un exhaustivo (y también errado) análisis de mis 3 declaraciones juradas (2012, 2016, 2020) sin identificar enriquecimiento ilícito, pero sí concluyendo erróneamente que omití presentar los siguientes activos:
(1) 21 participaciones accionarias en compañías, según portal desactualizado de la DGII (pág. 1,138). R. Estas participaciones corresponden a 21 compañías de carpeta sin ningún activo o valor vendidas a clientes de mi firma de abogados antes del año 2012, en las cuales tenía una (1) sola acción, conforme se evidencia en los registros de la Cámara de Comercio y Producción.
(2) Una propiedad en el Residencial Atalaya (pág. 1,146). R. Esta propiedad fue adquirida en el año 1996 y desde esa fecha es propiedad y residencia de los padres de mi esposa quien en el año 2007 la transfiere a su nombre bajo reserva y sin formar parte de la comunidad de bienes; y
(3) Un vehículo de motor marca BMW modelo X5 del año 2001 que vendí hace más de 15 años y figura como robado en la DGII hace 7 años.
Esas fueron las conclusiones relevantes, aún erradas, de la Cámara de Cuentas, órgano constitucional encargado de evaluar mi patrimonio, más nada. Cero enriquecimiento ilícito, cero robo al Estado. La PEPCA entiende que fantásticamente desde antes del año 2012 planifiqué los supuestos actos de corrupción que cometería seis años más tarde, argumentando “que exageré” mi patrimonio (pág. 1,115), porque otorgué un valor mayor a mis bienes (valor mercado/real) y no el valor asignado por la DGII (pág. 1,131). De una rápida lectura a las declaraciones juradas presentadas por los funcionarios del pasado y actual gobierno, prácticamente todos han declarado el valor de mercado de sus bienes y no el de la DGII. Siendo así las cosas, ¿son todos ellos potenciales imputados del tipo penal de enriquecimiento ilícito y falsedad de declaración jurada?.
Al ingresar al servicio público presenté mi declaración jurada de bienes con todos sus justificativos y los valores reales de mercado, reflejando el fruto del ejercicio profesional desarrollado en el sector privado por más de 20 años a favor de prestigiosas empresas del país, junto a mi esposa.
Nuestra preparación, trabajo y la agradecida confianza depositada por estos grupos empresariales nos permitió crecer dentro de esas organizaciones y ocupar altos cargos dirigenciales, participando en la constitución, adquisición, fusión y administración de decenas de empresas billonarias que han contribuido con el desarrollo de nuestro país, generando cientos de miles de empleos. Con nuestros ingresos, incluidos los de mi oficina privada y práctica liberal, como proyecto de familia, a partir del año 2002 decidimos invertir y adquirir las viviendas que ocuparíamos junto a nuestros hijos por venir, combinándolas con financiamientos o préstamos bancarios, las cuales al ser adquiridas en planos y en el sector de Piantini, crecieron en su valor al percibir importantes plusvalías, adquiriendo desde esa fecha cada 4 años una nueva vivienda familiar donde nos mudaríamos, alquilando la previa residencia para con estos alquileres pagar los préstamos de las recién adquiridas, todo documentado y plasmado en mis distintas declaraciones juradas de patrimonio.
FUENTE *SIN*